El nuevo Código de Comercio Turco entró en vigor en julio de 2012. El propósito de la reforma es crear un entorno económico favorable para atraer a inversores extranjeros y aumentar su competitividad.

Después de la reforma hay cinco tipos distintos de sociedades con personalidad jurídica:
1. Sociedades Anónimas (A.S.)
2. Sociedades Limitadas (L.S.)
3. Sociedades Comanditarias
4. Sociedades Colectivas
5. Sociedades Cooperativas

y 3 tipos de sociedades sin personalidad jurídica:

1. Empresas de Riesgo Compartido o Joint venture
2. Asociaciones Empresariales
3. Consorcios de Empresas

Para decidir qué opción escoger es importante considerar lo siguiente:

• El objeto de la empresa.
• Capital social.
• Número de accionistas.
• Responsabilidad de los accionistas.

La información a proporcionar tanto para abrir como para cerrar una empresa cambia en función del tipo de sociedad. Sin embargo, en todos los casos, después de haber entrado en vigor en nuevo Código de Comercio Turco, el proceso se ha acortado significativamente.